RESES — servicios sociales de Cataluña

¿Busca una plaza o un servicio a domicilio?

Para cobrar la prestación vinculada al servicio, el centro o la empresa deben estar inscritos en el RESES. Compruébelo aquí; si lo desea, trasladamos su petición a servicios inscritos de su comarca.

Verificar una lista y API · Datos · Informe fechado

Qué dice la norma

En Cataluña todo servicio social —público o privado— se inscribe en el RESES (Decret 205/2015). Para cobrar la prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio, la empresa y su servicio deben estar inscritos en el RESES (Instruccions 3/2017, apartado 11.3), y lo mismo vale para la plaza de residencia o de centro de día vinculada a la prestación.

Decir qué necesito

Díganos qué busca: trasladamos la petición a servicios inscritos en el RESES de la comarca indicada. No garantizamos plaza, respuesta ni presupuesto, y no damos consejo sobre la prestación.

La petición nos llega por correo. Detalles: Privacidad.

Avisarme si un servicio cambia

Le escribiremos si, en una próxima lectura del registro, este servicio cambia de titular o de capacidad, o deja de figurar. Lo enviamos nosotros, no es un envío automático. Privacidad.